domingo, 30 de abril de 2017

LA PENA DE MUERTE (Justicia o Venganza)


Este tema, con seguridad, el más difícil que me ha tocado abordar desde que comencé a escribir estos comentarios. 

Es tan espinoso y controvertido que levanta tantas voces de aprobación como de rechazo. Enciende ardorosas polémicas a favor y en contra. 

Sin embargo hay un hecho concreto, independientemente de lo que piense o sienta quien escribe estas líneas. A una familia le cometieron un crimen muy grave y exige satisfacción. 


Desde ya que con la desaparición del culpable, no revivirá a la/s víctima/s, pero por lo menos, la/s familia/s no tendrán el disgusto de ver al culpable libre, en las calles.

O bien siendo mantenido por el mismo Estado, con el dinero que esa familia aporta al fisco. Pero definamos términos así queda todo bien clarito, como me gusta.

La pena es el castigo que aplica un juez o un tribunal según las leyes del país, proporcional al delito o la falta que se haya cometido. 

La pena de muerte o también llamada “pena capital”, es el máximo castigo que puede recibir una persona, y que consiste en perder la vida, debido a un castigo impuesto por un juez, luego de resultar culpable de delitos muy graves.

Este concepto es tan antiguo, que ya la misma Biblia lo contempla con la Ley del Talión y en el Código de Hammurabi. Siendo totalmente apoyadas por Platón, Aristóteles, Santo Tomás de Aquino, Jean-Jacques Rousseau, Immanuel Kant y Georg Wilhelm Friedrich Hegel. 

El mayor de todos los problemas a que se enfrenta la aplicación de la pena de muerte, es que sea utilizada en determinados momentos como un castigo al ser disidente de la ideología del gobierno de turno.

Como en el caso de Cuba, China, Corea del Norte o la antigua Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.

O bien tenga cierto corte religioso como en los países árabes fundamentalistas de Irán, Arabia Saudí, Irak y Pakistán, por ejemplo. 

También que entren algunos componentes discriminatorios como en el caso de los homosexuales o meras sospechas de adulterio en los países fundamentalistas árabes o básicamente donde gobierne el ISIS.

Se la apliquen a personas con problemas mentales o carezcan de recursos para una buena defensa solo por ser pobres.

O bien hacia la gente de color en EEUU, donde los afroamericanos triplican a los blancos o hispanos en la mayoría de las cárceles de aquel país.

El 75 % de las 2600 personas ejecutadas oficialmente en toda la historia, incluyendo a mujeres y menores de edad, son negros. 

Siempre que ocurre un acto criminal, de los llamados “hediondos” es decir con premeditación y alevosía, y además sufrimiento y tortura a las víctimas; se pone en el tapete la pena de muerte.

Allí se encuentran los que la piden a gritos, pero también los que se oponen férreamente. En estos últimos tenemos el enorme peso que representa Amnistía Internacional, quien se opone a la pena de muerte en todos los casos.

Ellos alegan que “La pena de muerte es cruel, inhumana y degradante. No importa que el acusado se culpable o inocente, ni la forma en que se lo ejecute”. 


Según en su informe anual del año 2016; 98 países habían abolido por completo la pena de muerte, 7 países aún la mantienen como un castigo para crímenes “hediondos”, 35 países la mantienen pero no la emplean en la práctica, y 58 países aún la aplican para los crímenes comunes.

Y dan una lista de los países que la mantienen por delitos comunes. 

Países de América: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, Dominica, EEUU, Guatemala, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago.

Países de Europa: Solamente Bielorrusia. Países de África: Botsuana, Chad, Comoras, Egipto, Etiopía, Gambia, Guinea, Guinea Ecuatorial, Lesoto, Libia, Nigeria, República Democrática del Congo, Somalía, Sudán, Sudán del Sur, Uganda, Zimbabue. 

Países de Asia: Afganistán, Arabia Saudí, Autoridad Palestina, Bahréin, Bangladesh, Corea del Norte, China, Emiratos Árabes Unidos, India, Indonesia, Irak, Irán, Japón, Jordania, Kuwait, Líbano, Malasia, Omán, Pakistán, Qatar, Singapur, Siria, Tailandia, Taiwán, Vietnam, Yemen.

Países de Oceanía: Hacen constar que ningún país de Oceanía existe la pena de muerte para delitos ordinarios. 

Es evidente que en países donde la pena de muerte no se aplica, con solo pensar en instaurarla, provoca una verdadera ola de efervescencia, instalándose la polémica tanto a favor como en contra.

Esta ocupará todos los ámbitos. Y por lo tanto creo que es justo presentar ambas posturas. En especial para aquellas personas que aún no se hayan definido o duden hacia donde alinearse. 

PUNTOS A FAVOR: 1.-Es irrevocable. 2.- Es una pena ejemplar, que tiene la capacidad de disuadir al posible delincuente por el efecto intimidatorio que produce su aplicación. (No está probado)

3.- El bajo costo del procedimiento comparado con en el encierro por largos años. 4.- Su eficacia para prevenir actos de justicia popular. 5.- Si bien la Ley del Talión es demasiado severa pero también es muy justa, ya que el criminal recibe lo mismo que lo que ha hecho. 

6.- La equivocación en la ejecución, es casi nula, así que no hay lugar para fallos graves. 7.- Se la debe tomar como una defensa de la sociedad hacia personas que sí desprecian la vida.

8.- La crueldad de ciertos individuos hacia sus víctimas indefensas hace de la pena de muerte sea su equivalente. 9.- Toda supresión o reducción de la condena aumenta la audacia de los malhechores. 10.- Este tipo de pena es necesaria. 

PUNTOS EN CONTRA: 1.- Atenta contra el derecho a la vida, estipulado en la Constitución y en tratados internacionales. 2.- La vida no es disponible frente a valores como la seguridad ciudadana o el Estado.

3.- Es irreversible frente a un eventual error judicial. 4.- No está probado que incida en la baja de los índices de criminalidad. 5.- De acuerdo a la psiquiatría moderna, la pena de muerte es una de las peores torturas a las que se puede someter a las personas. 

6.- Impide la rehabilitación y el arrepentimiento. 7.- En algunas ocasiones la pena se presta para la glorificación del ajusticiado. 8.- La irresponsabilidad de los criminales (que son impulsivos o enfermos). 9.- La falibilidad de los jueces. 10.- La pena de muerte atenta contra la dignidad humana. 

Una última consideración al tema. Se entiende que con la muerte del criminal no se recupera a la víctima, pero queda claro que no matará o no violará más.

El 80 % de esta gente es reincidente. La Iglesia Católica se opone, pero jamás hizo ni dijo nada ante todos los genocidios del siglo XX.

En cuanto a Amnistía siempre se ha preocupado mucho más por los criminales, que por las víctimas que también sufrieron a manos de esta gente. SERÁ JUSTICIA.

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